Se incrementa la compensación a los agricultores con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2023
SANTANDER, 10 de febrero. (Diario de Cantabria) –
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este viernes la resolución del Ministerio de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se establece el nuevo baremo de indemnizaciones por los daños causados por la fauna.
El Ministerio incrementará las indemnizaciones por daños de fauna silvestre a la producción del sector primario para dar respuesta a la necesidad de actualizar la anterior, en vigor desde 2020, en todo tipo de bienes considerados (ganado, apicultura, otros animales, cultivos, pastos y praderas y árboles).
La nueva escala ha simplificado la clasificación de los tipos de ganado, que ahora se agrupan por vocación productiva y no por raza, e incluye ganancias perdidas en hembras de diferentes tipos de ganado en edad productiva, con o sin registros genealógicos, por lo que se incrementa la valoración por pérdidas de producción: 300 euros en bovinos de carne y equinos, 1.400 euros en bovinos de leche, 20 euros en ovinos y caprinos aptos para carne, 60 euros en ovinos aptos para lácteos y 175 euros en caprinos aptos para lácteos.
Además, aplicando este mismo criterio, este lucro cesante incluye los daños a las colmenas fuera del período de producción que no fueron indemnizados en la escala anterior.
Otra de las novedades del nuevo baremo es la inclusión de una indemnización por los daños causados por los ataques del lobo a los mastines por su estrecha relación con la actividad ganadera y su papel en la prevención de daños, valorada en 300 euros para perros de hasta 12 meses y 400 euros para perros mayores , siempre que se acredite documentalmente que el perro es propiedad del dueño de la finca donde se produce el ataque.
También se incrementan las indemnizaciones por daños a árboles, milpas, prados o pastos por parte de distintas especies de fauna silvestre.
Finalmente, se sigue manteniendo el incremento de la indemnización por animales sacrificados en ovinos o caprinos en la nueva escala cuando más del 20% del censo de la explotación resulte afectado en un mismo ataque, siendo este incremento igual al porcentaje del censo afectado , y el pago de gastos veterinarios y medicamentos para animales heridos.
El baremo es aplicable a los daños causados por la fauna terrestre en los que, según la normativa vigente, la responsabilidad de la indemnización corresponda a la Administración Autonómica: para las especies clasificadas en peligro de extinción o en régimen de protección especial, los daños causados en todo el territorio; para las especies cinegéticas, los daños causados en terrenos cuya propiedad cinegética corresponda a la Administración Foral o en los que esté prohibida la caza.
En el caso del ganado vacuno, la compensación varía en función de la edad, vocación productiva y si se trata de animales con pedigrí, oscilando desde los 600 euros por ternero sin licencia, con un incremento de 200 euros respecto al cuadro actual, hasta los 2.600 euros por vaca lechera en edad de trabajar, cifra que incluye el lucro cesante.
En la ganadería equina, la nueva indemnización va desde los 600 euros por potro sin carnet, hasta los 1.800 euros por yegua en edad de trabajar y con pedigrí, cantidad que incluye la pérdida de ingresos. Los incrementos en caballos oscilan entre los 100 y los 300 euros.
Por su parte, los ovinos y caprinos serán indemnizados en cuantías que oscilan entre los 135 euros para los corderos y cabritos sin carnet, y los 375 euros para los caprinos lecheros adultos cuyos propietarios acrediten la entrega de leche o la elaboración y comercialización de leche a partir de sus propios productos. .
En ovinos y caprinos se incluye la compensación por el lucro cesante de las hembras en edad laboral, tanto de carne como de leche.
En apicultura, la indemnización por la pérdida de una colmena completa oscila entre los 150 y los 175 euros; la pérdida por producción de miel por colmena aumenta de 120 a 140 euros, si la pérdida es durante el período productivo (de marzo a septiembre), incorporándose por primera vez una indemnización de 50 euros si la colmena destruida está fuera del período productivo.
En cuanto al resto de animales, también se incrementa la indemnización por animales pequeños como pollos, gallinas, patos, ocas o conejos.
En el caso de los cultivos, se incrementan las indemnizaciones por daños para todo tipo de cultivos, como la vid (de 3 a 4 euros por cepa); maíz (de 0,35 a 0,45 euros el metro cuadrado); daños al césped en praderas costeras y vegas (de 0,20 a 0,25 euros el metro cuadrado); daños causados por cavidades en pastos (0,15 a 0,20 euros el metro cuadrado) o pérdida de bolas de silo (25 a 30 euros la unidad), entre otros.