El Gobierno aprueba el anteproyecto de ley para "combatir" las puertas giratorias y regular los 'lobbies'

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Impedirá que un alto cargo ejerza actividades en ‘lobbies’ afines a sus competencias hasta dos años después de dejar el cargo

Santander, 8 (Diario de Cantabria)

El Consejo de Ministros aprobó este martes el anteproyecto de Ley de Transparencia e Integridad en las Actividades de los Grupos de Interés, que pretende «combatir» las puertas giratorias y regular los llamados ‘lobbies’.

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, desbarató este nuevo proyecto, con el que se impedirá a un alto funcionario realizar actividades en ‘lobbies’ relacionadas con su poderes hasta dos años después de dejar el cargo.

“Con esta nueva regulación, España cubre un vacío que tenía nuestro ordenamiento jurídico en cuanto a la transparencia de las actividades legítimas de estos grupos de interés”, defendió el titular de Hacienda.

LOS ‘LOBBIES’ DEBEN REGISTRARSE Y COMUNICAR SUS REUNIONES

Según detalló Montero, los conocidos como ‘lobbies’ deberán formar parte de un registro oficial que será gestionado por la Oficina de Conflictos de Interés (OCI) y estará disponible en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado y en la Web de la OCI mediante acceso directo identificado y visible.

Este registro deberá contener los datos relevantes de los grupos, tales como domicilio fiscal, sede o áreas de interés, y deberán recogerse las reuniones mantenidas con funcionarios públicos de la Administración General del Estado. “Estamos hablando de altos funcionarios o funcionarios que participan en el proceso de elaboración de una norma”, aclaró el ministro.

Así, el proyecto de ley establece que quien quiera mantener reuniones con los miembros de la Administración del Estado contemplados en el proyecto de ley deberá registrarse para ello.

La única excepción a la posibilidad de celebrar una reunión con los participantes en la toma de decisiones regulatorias es el compromiso de presentar la solicitud de registro dentro de los tres días siguientes a la cita. Será también obligación de los altos funcionarios y trabajadores que participen en la producción de leyes verificar que aquellos con quienes se reúnan formen parte de este registro.

Además, todas las actividades de ‘lobbying’ que puedan influir en un proyecto normativo quedarán reflejadas en el informe de análisis de impacto de la citada ley, un «rastreo» que permitirá conocer quién participó en su concepción, en qué momento y sobre qué temática. . .

SANCIONES POR VIOLACIONES

La regla «estricta», como la define Montero, establece que los grupos que no estén inscritos en el Registro no podrán contactar a los funcionarios públicos para realizar estas actividades de influencia, mientras que los de esta lista deberán cumplir con un código de conducta que, por ejemplo, prohíbe ofrecer obsequios o favores a funcionarios públicos.

Así, se incorpora un régimen sancionador para los ‘lobbies’ en caso de infracciones que puedan dar lugar a la expulsión de los grupos de interés del registro por un plazo de hasta tres años y, por tanto, la posibilidad de que participen en la elaboración de normas. o poder influir en su desarrollo.

A modo de ejemplo, Montero señaló que será sancionado si el «informe de huella legislativa» no se completa con aportes de los grupos de interés, no se reúne con algún funcionario público que estuviera participando en la elaboración de un reglamento o se realiza un obsequio o «una especie de elemento de incentivo destinado a defender sus propios intereses».

LOS PARTIDOS, EMPLEADORES Y SINDICATOS NO SERÁN CONSIDERADOS ‘LOBBIES’

No tendrán la consideración de ‘lobbies’ y, por tanto, quedan excluidos del ámbito de esta regla, por ejemplo, las propias administraciones públicas y sus relaciones entre sí, las organizaciones públicas internacionales, los partidos políticos, las organizaciones empresariales, los sindicatos o las asociaciones. 🇧🇷

Quienes podrán tener esta calificación son las entidades o fundaciones creadas o financiadas por estas mismas organizaciones, ya que no están protegidas por las facultades constitucionales de quienes las patrocinan.

Tampoco serán considerados ‘lobbistas’ las personas que actúen de forma autónoma sin estar asociados con otras personas, siempre que sus objetivos no impliquen intereses económicos o sociales individuales significativos.

A LOS DIPUTADOS Y SENADORES APROPIAR EL MODELO

El ministro precisó que la norma que hoy se impulsa y con la que se trata de combatir las llamadas “puertas giratorias” afecta únicamente a los altos cargos y funcionarios que participan en la redacción de las leyes. Recordó, no obstante, que otros organismos como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) han regulado este tema, aunque hay comunidades autónomas que también lo han incluido en su normativa -Cataluña, Asturias, Comunidad Valenciana o Madrid–.

Pero, como explicó Montero, en el ámbito parlamentario se trata de una iniciativa de diputados y senadores que pueden tener el alcance de esta norma en el ámbito de sus actividades después de dejar el cargo.

“Abrimos el camino y luego esperamos que haya otros sectores y otras administraciones que se puedan sumar”, enfatizó el titular de Hacienda y Administraciones Públicas.

UNA LEY COMPROMETIDA CON EUROPA

Según Hacienda, la propuesta de una norma de este tipo situará a España en materia de transparencia y confianza en las instituciones públicas al nivel de países como Alemania, Reino Unido, Francia o Italia, que cuentan con normativa para los grupos de interés.

Este anteproyecto, incluido en el componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se enmarca dentro de los compromisos asumidos por España para la regulación de la actividad de lobbying ante la Comisión Europea, que incluyó en su Informe sobre el Estado de Derecho para llevar a cabo este regulación.

Sirve también para hacerse cargo de las peticiones del Consejo de Europa, que a través del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) pedía más transparencia en las relaciones de los miembros del Gobierno con los grupos de interés.

A ello hay que sumar las recomendaciones de los Principios de la OCDE, que propugnaban un marco normativo que garantizara la transparencia e integridad de las actividades de quienes aspiran a influir en el personal de la AGE que participa en la toma de decisiones o en la elaboración de leyes y políticas públicas. .