El plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta el 31 de agosto.
SANTANDER, 18 de marzo (Diario de Cantabria) –
El Ministerio de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio ha convocado las ayudas Cheques Innovación para pequeñas y medianas empresas y autónomos ubicados en Cantabria, que cuenta con una dotación económica de 350 mil euros. El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 31 de agosto.
Estas subvenciones están destinadas a incrementar la inversión inducida en innovación, transferencia de tecnología y emprendimiento industrial en el sector privado cántabro, pero, a diferencia de los grandes proyectos de I+D+i y de transformación industrial que se contemplan en Innova y en las ayudas a la Industria 4.0, el Programa de Innovación Los cheques tienen como objetivo fomentar la innovación en las pymes y autónomos de la región, explicó el concejal del área, Javier López Marcano (PRC).
El despacho indica que son elegibles las inversiones realizadas entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023. Todas deben estar facturadas y pagadas en su totalidad al momento de la solicitud.
Además, solo puede solicitar una subvención para una actuación que sea como máximo del 50 por ciento del presupuesto subvencionable para esa actuación, ha indicado el Gobierno regional en un comunicado.
Los tipos de actuaciones subvencionables contempladas en la convocatoria, publicada ayer viernes en el Boletín Oficial de Cantabria se refieren a planes industriales; asistencia en I+D+i; Financiación de I+D+i; patentes, protección y estandarización de la propiedad intelectual y, finalmente, procesos eficientes.
Los planes tecnológicos incluyen planes de diagnóstico y auditoría tecnológica, modelos de ecoinnovación y ecodiseño y nuevos modelos de negocio vinculados a la industria 4.0, y los planes industriales incluyen la aplicación de tecnologías habilitadoras vinculadas a la industria 4.0 (Big data, fabricación aditiva, ciberseguridad, nube computación, robótica, realidad aumentada).
También incluyen prueba de concepto, ensayo y validación experimental de prototipos de nuevos productos o servicios, procesos piloto o nuevos métodos y materiales, así como rediseño o generación de nuevos productos o servicios innovadores, transformación o reingeniería de procesos de fabricación, diseño actividades industriales, ingeniería y desarrollo de nuevos sistemas productivos y finalmente la aplicación de las TIC a la eficiencia energética, la logística, el comercio electrónico, la apertura de canales y contenidos avanzados y el desarrollo o integración de nuevo software vinculado a la implantación de innovaciones tecnológicas.
En cuanto a las ayudas en I+D+i, se subvencionarán estudios de vigilancia tecnológica vinculados a nuevos procesos, nuevos métodos o materiales y nuevos productos; estudios de mercado vinculados a nuevos productos o nuevos servicios y asistencia legal en contratos de transferencia de tecnología.
Otra de las actuaciones subvencionables es la financiación de I+D+i, que incluye el asesoramiento y asistencia en la captación de fondos y financiación, asistencia en la presentación de convocatorias públicas autonómicas, nacionales e internacionales y asistencia en la elaboración de dictamen técnico de incentivos y bonificaciones fiscales para actividades de P +D+i.
Las ayudas relacionadas con patentes, protección de la propiedad intelectual y normalización incluyen la gestión y solicitud de patentes, modelos de utilidad u otros modelos de protección de la propiedad intelectual, así como sistemas de normas de la familia UNE 166000.
Finalmente, la realización de procesos eficientes abordará métodos y herramientas de gestión avanzada, técnicas y herramientas LEAN, círculos de calidad, minifábricas, autoevaluación REDER y análisis de ciclo de vida.
El despacho específico indica que no se subvencionará el cumplimiento de normativas de obligado cumplimiento, implantación de certificados de calidad, medio ambiente, buenas prácticas y similares; los análisis, ensayos o caracterizaciones habituales o recurrentes no vinculados al proyecto subvencionable.
Tampoco se subvencionará la formación general, técnica o científica; asesoramiento o asistencia técnica en materia legal, fiscal o financiera; servicios de publicidad, comunicación y marketing y planes estratégicos para el desarrollo de negocios; la creación de páginas web y licencias de software para la gestión y organización o para las actividades normales de la empresa.
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